sábado, 10 de agosto de 2013

SENTENCIA


Una vez agotada la etapa de desahogo de pruebas se CITA A LAS PARTES PARA OÍR SENTENCIA, pero, ¿Que es una sentencia, cuantos tipos de ellas hay, se señala día y hora para que las partes oigan la misma?. Para poder responder a estas interrogantes, es necesario que analices el texto del enlace siguiente.


SENTENCIA



Para concluir tu aprendizaje del tema te adjunto la siguiente presentación:












sábado, 3 de agosto de 2013


Como complemento a su cultura general les adjunto el enlace de mapas conceptuales.

MAPAS CONCEPTUALES




También les adjunto algunos ejemplos de formatos de posiciones e interrogatorios.

















Tarea: Después de leer el fundamento legal de las pruebas confesional y testimonial, participa en el foro de la Institución.




miércoles, 31 de julio de 2013

EJEMPLOS DE ACUERDOS


Para tener una mejor comprensión de la manera en que se desahogan las pruebas en juicio les adjunto dos audiencias.














Audiencia de desahogo de prueba testimonial.












PRUEBAS EN PARTICULAR.



Después de conocer los requisitos de la prueba en general, analizaremos los de la prueba en particular.

















lunes, 22 de julio de 2013



Nota: Para efectos de identificar a los integrantes del grupo es necesario que en tu perfil aparezca tu fotografia reciente.

sábado, 20 de julio de 2013

PRUEBAS


Para poder analizar los medios de prueba señalados en el temario de la asignatura, es necesario recordar lo que debemos entender por "PRUEBA", y las reglas generales de la misma.









domingo, 14 de julio de 2013

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.




ESTRUCTURA DEL CÓDIGO PROCESAL.


La estructura se integra por 17 Títulos y 1 Título Especial.

La sistemática de nuestro código es “social”, pero en realidad estamos ante un código liberal (basado principalmente en el de Napoleón y BGB).


Para entender la estructura del Código de Procedimientos Civiles para el D.F. es necesario conocer su historia, para ello debes realizar la lectura del enlace siguiente y posteriormente realizar una presentación en power point, mapa mental, mapa conceptual o diagrama de la misma.


FUENTES HISTÓRICAS DEL DERECHO PROCESAL CIVIL.




DEFINICIONES DEL PROCESO.

Según Carnelutti, el concepto de proceso denota la suma de los actos que se realizan para la composición del litigio

El proceso lo podemos definir como el conjunto de actos mediante los cuales se constituyen, desarrolla y termina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas que en ella intervienen; y que tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por parte, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados y en el derecho aplicable.


El proceso es la suma de actos por medio de los cuales se constituyen, desarrolla y terminan la relación jurídica. 

A).- FINALIDAD

Su finalidad es dar solución al litigio planteado por las partes, a través de la sentencia que debe dictar el juzgador.
  
B).-OBJETO DEL PROCESO

Es el tema sobre el cual las partes deben concentrar su actividad procesal y sobre el cual el juzgador debe decidir, no puede estar formado sólo por la petición de la parte actora o acusadora, ni por la pretensión de ésta. En sentido estricto el objeto del proceso es el litigio planteado por las dos partes, en consecuencia dicho objeto esta constituido tanto por la reclamación formulada por la parte actora o acusadora, como por la defensa o excepción hecha valer por la parte demandada o inculpada; en ambos casos, con sus respectivos fundamentos de hecho y de derecho.

LITIGIO

Para entender lo que es un proceso, previamente es necesario referirse al concepto de litigio, el cual no es un concepto esencialmente procesal porque todo proceso presupone un litigio, pero todo litigio desemboca indefectiblemente en un proceso; es decir, el litigio esencial procesal, aunque siempre sea el contenido de todo proceso.

Para Carneluti, expresa que el litigio, es el conflicto de intereses calificados por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia del otro. Por su parte Alcalá Zamora y Castillo, define al litigio como el conflicto jurídicamente trascendente, que constituya el punto de partida o causa determinante de un proceso, de una autocomposición o de una autodefensa.

    Yo pondría de ejemplo al litigio como, la llave que abre la puerta al proceso, por si tendríamos que cocinar caldo de gallina, tendremos que tener primeramente la gallina. Pero para que exista litigio hay que tener primeramente pretensión, el cual es un querer o una voluntad de tener un litigio.











 CLASIFICACIÓN DE JUICIOS O PROCESOS.